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Condiciones Generales del Contrato de Publicación El Periódico UNIENDO VOCES se publica quincenalmente y se distribuye a nivel nacional. UNIENDO VOCES, comercializa los espacios publicitarios generados en sus páginas, de los cuales podrá hacer uso EL ANUNCIADOR, según las condiciones establecidas en el Contrato de Publicación. 1. DE LA PUBLICACIÓN Y CONTENIDO DEL AVISO • UNIENDO VOCES se reserva el derecho de cambiar la ubicación del aviso cuando sus necesidades de edición lo requieran, sin responsabilidad alguna de su parte. En dicho caso y cuando la tarifa pagada sea mayor a la tarifa donde fue publicado el aviso, se reintegrará al cliente el monto cobrado en exceso. • La publicidad ordenada por EL ANUNCIADOR sólo podrá referirse a su empresa o a bienes y/o servicios de su propia producción. • Es responsabilidad de EL ANUNCIADOR sujetarse a las disposiciones legales vigentes en materia de contenidos publicitarios. EL ANUNCIADOR y/o LA AGENCIA serán responsables legalmente por dicho contenido, incluyendo el uso no autorizado del nombre de cualquier persona, marca o fotografía que aparezca en el aviso que se publica. • UNIENDO VOCES se reserva el derecho de rechazar cualquier material publicitario que a su criterio y de acuerdo a las leyes vigentes sea objetable por estar reñido con las normas de ética y moral, hiera la susceptibilidad del público, falte a la verdad, o afecte a terceras personas, empresas y/o instituciones. De la misma manera, UNIENDO VOCES se reserva el derecho de rechazar cualquier aviso sin firma e identificación clara y precisa. • Conforme a Ley, el aviso que simula contenido editorial debe consignar los términos "PUBLIRREPORTAJE" o "AVISO CONTRATADO", en el mismo tipo y dimensión de letra que utiliza el texto del aviso. Asimismo, tanto su tipografía como su diagramación deberán ser diferentes a las utilizadas por UNIENDO VOCES. • EL CLIENTE responderá por cualquier gasto o indemnización que UNIENDO VOCES deba asumir o pagar como consecuencia de cualquier acción que pueda iniciarse en su contra relacionada a los Anuncios publicados, a su contenido, o por cualquier evento que sea responsabilidad de EL CLIENTE y/o LA AGENCIA. 2. DEL MATERIAL PUBLICITARIO • Todo Contrato de Publicación debe adjuntar el material publicitario a utilizar además de una impresión digital a color como referencia, a fin de verificar el contenido y calidad del aviso. • El tamaño de los avisos publicitarios indicados es a la línea de corte. Los diseños a sangre deberán tener una demasía de 5 milímetros hacia el lado del corte. Recomendamos, a su vez, que los textos y elementos gráficos estén por lo menos 5 milímetros dentro de la línea de corte. • Los materiales serán entregados en CD en formato PDF o en archivos digitales para los programas Illustrator y/o Photoshop para Macintosh. • Los archivos digitales enviados deberán tener las imágenes incrustadas, una resolución de 300 dpi y los textos en curvas. • La sola entrega del material publicitario a UNIENDO VOCES por parte del ANUNCIADOR y/o AGENCIA, hace responsable a estas últimas de su conformidad. • Los problemas de impresión o de inclusión en la edición que pudieran surgir producto del incumplimiento de cualquiera de estas condiciones serán responsabilidad EL ANUNCIADOR. • El material publicitario de propiedad de El ANUNCIADOR o la AGENCIA, deberá ser recogido en un plazo de 72 horas posteriores a su publicación. UNIENDO VOCES no se hace responsable por material que no haya sido retirado luego de dos semanas de publicación del aviso. 3. DE LOS PLAZOS, RESERVAS Y ANULACIONES • La fecha del cierre publicitario es siempre el día VIERNES previo a su publicación. • En caso EL ANUNCIADOR desee suspender la publicación de un aviso ordenado, dicha anulación o postergación deberá ser comunicada por escrito antes de la fecha del cierre publicitario. Una vez transcurrido este plazo, los espacios serán considerados reservados e inamovibles, asistiéndole a UNIENDO VOCES el derecho a facturar al ANUNCIADOR la tarifa convenida en este contrato. • Los espacios publicitarios preferenciales podrán ser reservados con antelación por EL ANUNCIADOR. Dicha reserva deberá hacerse por escrito. La reserva de espacio preferencial quedará sin efecto si durante la semana previa al cierre publicitario no se hubiese enviado la respectiva Contrato de publicación. • Salvo indicación expresa, las facturas deberán ser canceladas en un plazo máximo de 7 días contados a partir de la fecha de su emisión. En caso de incumplimiento en el pago, los saldos adeudados generarán una tasa de interés compensatorio y moratorio anual de 18% y 5% respectivamente. 4. DE LA GESTIÓN COMERCIAL • En caso de queja u observación a la publicación de un aviso, EL ANUNCIADOR enviará a UNIENDO VOCES, en un plazo máximo de siete (07) días desde su publicación, una carta de reclamo dirigida a la GERENCIA COMERCIAL, la cual se encargará de dar respuesta a su solicitud a la brevedad. De darse este caso, EL ANUNCIADOR no deberá retirar de UNIENDO VOCES el material utilizado, pues ello anularía su eventual responsabilidad en el error de la publicación. • UNIENDO VOCES reconoce solamente como motivos que lo obligan a una reposición total, errores imputables a UNIENDO VOCES que anulen el objetivo publicitario, en el nombre, razón social, dirección o teléfono si este fuese el único del aviso. Cuando el error no sea sustancial se procederá a la reposición parcial o compensación proporcional. • Si por cualquier circunstancia imputable UNIENDO VOCES el aviso no fuera publicado en la oportunidad indicada al respecto, EL CLIENTE podrá exigir que se publique en una edición posterior y bajo las mismas condiciones comerciales. • El hecho de que UNIENDO VOCES incurra en un error que no sea sustantivo, no exonera EL CLIENTE y/o la AGENCIA de la obligación de pagar el total del mismo. • Las partes acuerdan tratar en forma confidencial toda la información que deba compartirse con motivo de este convenio. En este sentido, las partes no divulgarán información a ninguna persona, directa o indirectamente, sin el consentimiento por escrito de la otra parte excepto a aquellas personas vinculadas directamente con el contrato.