México.- De a cuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el aguinaldo es un derecho de las y los trabajadores, el cual está establecido en el Artículo 87, este debe pagarse antes del 20 de Diciembre.
¿Me toca aguinaldo?
Tienen derecho a recibir aguinaldo todos los trabajadores que presten sus servicios de manera subordinada a un patrón con quien se tenga una relación regida por la Ley Federal del Trabajo como:
- De base
- De confianza
- De planta
- Sindicalizados
- Contratados por obra
- Contratados por tiempo determinado
- De Temporada
- Por tiempo indeterminado sujeto a prueba o capacitación inicial
- Comisionistas
- Agentes de comercio
- Agentes de seguro
- Vendedores
Cabe señalar que no es necesario que se haya laborado por un año completo para poder recibir el aguinaldo.
¿Cuánto me corresponde recibir de aguinaldo?
Para calcular el monto que te corresponde debes considerar el salario base por día laborado. Tu salario multiplicado por 15 es igual a tu aguinaldo, apunta Profedet.
El sueldo diario puedes identificarlo en tus recibos de nómina u obtenerlo al dividir tu sueldo mensual entre 30, lo cual dará como resultado tu sueldo diario. Dicho monto lo multiplicarás por la cantidad de días correspondientes, es decir, 15.
Por ejemplo, si tu sueldo es de 10 mil pesos, divídelo entre 30: 333.33 pesos de sueldo diario. Después, multiplica tu sueldo diario por los días que te corresponden, es decir, 15: 5 mil pesos de aguinaldo.