El Gobierno de México creó Litio para México (LitioMx) como un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal y coordinado por la Secretaría de Energía, con personalidad jurídica y patrimonio propios y con autonomía técnica, operativa y de gestión.
La creación de LitioMX se dio a conocer en un decreto publicado por la Secretaría de Energía este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Según el decreto, la programación, presupuestación, control y ejercicio del gasto público federal correspondiente a Litio para México se sujetará a las disposiciones contenidas en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en su Reglamento, en el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal, y en las demás disposiciones aplicables.
El objetivo de Litio para México es la exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento del litio, ubicado en territorio nacional, así como la administración y control de las cadenas de valor económico de dicho mineral.
Para el cumplimiento de estos objetivos, Litio para México tiene, entre otras, las atribuciones siguientes: elaborar los programas estratégicos de mediano y largo plazo para la exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento del litio, y de sus cadenas de valor económico; e investigar y desarrollar la tecnología requerida en la industria relacionada con la utilización del litio.
También deberá desarrollar y ejecutar proyectos de ingeniería, investigación, actividades geológicas, y todas aquellas relacionadas con la exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento del litio; ubicar y, con el auxilio del Servicio Geológico Mexicano, reconocer las áreas geológicas en las que existan reservas probables de litio y generar la información geológica básica de litio que se ubica en el territorio nacional.
Otras de sus funciones de la nueva empresa estatal consisten en promover el aprovechamiento sustentable del litio para la transición energética, en beneficio de la población en general; y administrar y controlar las actividades necesarias para la producción, transformación y distribución de productos derivados del litio, para lo cual podrá asociarse con otras instituciones públicas y privadas.
El documento menciona que, el patrimonio de LitioMX se integra por:
- Los recursos que se le asignen en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal de que se trate.
- Ingresos obtenidos por la explosión, explotación, beneficio del litio y sus cadenas de valor económico.
- Los bienes muebles e inmuebles que el gobierno federal le aporte. Además, de todos aquellos que, los diversos órdenes de gobierno, le transfieran.
- Ingresos, bienes o recursos que reciba, adquiera, se le transfieran, asignen, donen o adjudiquen por cualquier título.
El consejo de administración de LitioMX se integrará por: el titular de la Secretaría de Energía (Sener), el titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el titular de la Secretaría de Economía (SE), el titular de la Secretaría de Gobernación (Segob), y por el titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
Este consejo de administración deberá estar listo en un periodo no mayor a sesenta días naturales a la publicación del Decreto.
“La Secretaría de Energía deberá llevar a cabo los actos administrativos necesarios, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, para que se realice la transferencia de los recursos humanos, materiales, presupuestarios y financieros, incluyendo los bienes que sean necesarios para que Litio para México pueda cumplir con sus atribuciones (…) En lo que respecta a los años posteriores (al 2022), las erogaciones correspondientes se cubrirán con cargo a las asignaciones de recursos que, la Cámara de Diputados, apruebe para la Secretaría de Energía o para Litio para México en el Presupuesto de Egresos de la Federación para ejercicios fiscales subsecuentes”, detalla el decreto.
Fuente:
Roberto Morales-https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Gobierno-de-Mexico-crea-la-empresa-estatal-LitioMx-20220823-0099.html