Ante el incremento en el uso de tarjetas de crédito durante el periodo vacacional de Semana Santa, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) emitió recomendaciones sobre los costo de los créditos, y destacó que las mejores compras son la que cobran menos por el crédito.
México, 14 Abr (Notimex).- Para ello, exhortó a los consumidores que al contratar un crédito para esos días de asueto tomen en cuenta el Costo Anual Total (CAT), que es el que tendrá un crédito durante un año, pero sin considerar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de comisiones e intereses a pagar.
En la Revista del Consumidor, la dependencia explicó que el CAT es un indicador que facilita la comparación del costo de financiamiento de productos como tarjeta de crédito, que ofrecen distintas entidades financieras.
Sin embargo, pidió a los consumidores tener cuidado entre el CAT de la publicidad de la tarjeta de crédito, y la del contrato; ya que deben de ser las mismas.
Mencionó que en el caso de la publicidad, en la mayoría de los casos es información de primera mano, "pero no te dejes llevar por esa primera impresión", ya que se calcula con base en una tasa de interés promedio del producto.
Ello significa que es un valor general, así que no será el definitivo para el crédito.
Mientras que en el caso del contrato, el valor del CAT depende principalmente de la fecha de celebración del contrato.
De hecho, la tasa de interés se determina con base en el tipo de crédito y en el cliente. Las condiciones que el consumidor contrata deben coincidir con lo que ha ofrecido el banco.
La Profeco recordó que en la página de internet del Banco de México, el consumidor tienen acceso a calculadoras para diversos tipos de crédito con pagos fijos variables personales, automotrices, hipotecarios, de nómina, para adquisición de bienes, de empeño y de capital de trabajo.
Para utilizarlas, es necesario contar con la siguiente información: Periodicidad del pago semanal, quincenal, mensual, bimestral, trimestral, cuatrimestral, semestral, anual o con un solo pago al vencimiento.
Asimismo, monto de crédito y de los pagos periódicos, además de otro cargo adicional que deba cubrirse y que no se haya previsto en los pagos periódicos: todos sin incluir el IVA.