La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló, por mayoría, una reforma al Código Electoral de Coahuila, para que las fotografías de los candidatos a la gubernatura y presidencias municipales aparezcan en las boletas electorales.
La discusión del proyecto de cinco acciones de inconstitucionalidad, promovidas por el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), el Partido de Trabajo y Movimiento Ciudadano, elaborado por el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía, generó un debate entre los integrantes del Pleno sobre la conveniencia de esta medida.
Uno de los argumentos, presentado por la ministra Lenia Batres Guadarrama fue que la imagen del candidato “puede influir en el último minuto” sobre la decisión del electorado, hasta por cuestiones de apariencia, que no tienen relación con las plataformas de los partidos políticos que los postulan.
En su impugnación las organizaciones políticas consideraron que las fotografías de los candidatos, en las boletas electorales, se pueden considerar propaganda electoral, que afecte la equidad de la contienda e influya de manera indebida en los ciudadanos que acudan a votar.
La inserción de la fotografía de una candidatura, por sí sola, no es equiparable a un mensaje que tenga la intención de persuadir al electorado para votar a favor o en contra de alguna de las opciones políticas”, se estableció en el proyecto del ministro Figueroa Mejía, probado por cinco votos contra cuatro.
También se consideró que ni la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ni la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) ordenan que las boletas electorales tengan características específicas, por lo que los órganos electorales y los congresos locales tienes el margen para agregar ciertas especificaciones.
La cara no está sustituyendo a una plataforma electoral, simplemente permite al ciudadano asociar a la persona con la plataforma”, afirmó el ministro ponente, Figueroa Mejía.
En Coahuila habrá elecciones para alcaldes en 2027 y para gobernador hasta 2029; en la elección intermedia del próximo año, las boletas no incluirán esta medida.
También se resolvió eliminar de la reforma el concepto de “votación emitida”, como medida para resolver los topes de representación en el Congreso del estado, para usar el de “votación depura”, que elimina votos nulos, por candidatos no registrados o de partidos que pierden el registro.
















